1 Comentario

Los comentarios están cerrados.

  1. Saludos estimada Anghy,

    Gracias por interactuar con nuestra Comunidad de Ayuda. ¡Un placer asistirle!

    Con relacion a su consulta, para estimar el monto aproximado del pago de impuestos aduanales, debe ser con la base imponible CIF (Costo+Seguro+Flete) de la mercancía a importar. A continuación, le indicamos el porcentaje de impuestos según la entidad recaudadora:

    Impuestos:
    DGA: Impuesto Arancelario 20%, ITBIS 18%
    DGII: Primera Placa 17%

    Para mayor información puede consultar el arancel de aduanas en nuestro portal institucional. Pestaña -De interés/Consultas
    En caso de requerir realizar el cálculo, puede acceder a nuestra calculadora de impuestos de vehículos en la pestaña -De interés/Consultas

    En adición, le compartimos información de interés.

    La ley 04-07 prohíbe la importación de vehículos usados con más de 5 años de fabricación, a los fines de proteger el medio ambiente y la biodiversidad, así como el ahorro de divisas por concepto de la importación de combustibles, partes y repuestos.

    En este caso, el año calendario cuenta desde el 1ero. de julio de un año al 30 de junio del siguiente.

    -Sí el vehículo es nuevo, factura comercial; si no es nuevo, entonces el título del mismo.
    -Documentación de embarque (BL)
    -Presentar la Declaración Única Aduanera (DUA) anexando los documentos antes mencionados.
    -Si el vehículo es originario de los Estados Unidos de Norteamérica (USA), presentar certificado de origen, a fines de aplicar preferencias arancelarias del DR. CAFTA.

    Restricciones:
    -5 años o menos de fabricación, como lo indica la ley 04-07.
    -El vehículo no puede ser de salvamento.

©2024 DGA Community

CONTACTO

En estos momentos nuestros agentes están ocupados, pero nos puede enviar un correo electrónico y le responderemos lo más pronto posible.

Enviando
o

Inicia Sesión con tu Usuario y Contraseña

o    

¿Olvidó sus datos?

o

Create Account